Conoce cómo registrar un vehículo para prestar servicio de transporte público

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Prensa MPPT – INTT (28.06.2017).- Además de otorgar y controlar las placas identificadoras de vehículos destinados al uso de transporte público o privado en las diferentes clasificaciones y modalidades, el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), también emite las autorizaciones para la prestación de los servicios de transporte de pasajeros (CPS), entendiéndose como el documento emitido por el ente que acredita a quien la solicite a ejercer como transportista público.

El INTT, dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 111 de la Ley de Transporte Terrestre, realiza el registro de las rutas de transporte público y las clasifica como: urbanas, suburbanas e interurbanas.

Así como el Artículo 115 que indica que:

“A los efectos de esta Ley, el servicio de transporte terrestre público de personas, modalidad colectivo, es el prestado por personas jurídicas con unidades de alta, mediana y baja capacidad o por puesto, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de esta Ley y las Normas del Sistema Nacional de Calidad”.

Es así como todas las personas que deseen pueden realizar el registro de unidades para el trasporte público ante el INTT, pero deben presentar el aval que emite el municipio donde se desempeñarán y tener especificado el uso de las rutas a transitar. Además, deben cumplir con los requisitos establecidos por el ente, los cuales son:

Planilla de solicitud impresa con un Timbre Fiscal de 6,00 Bs.

Fotocopia del Registro de Información Fiscal (RIF).

Original o Copia Certificada debidamente registradas del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales, donde se señale claramente  que  el objeto de la Organización, es la prestación del servicio del transporte público en la modalidad respectiva, de acuerdo a lo establecido en el Art. 104 de la Ley de Transporte Terrestre.

En  caso  de cooperativa deberá consignar la Certificación  de  Cumplimiento, expedida  por  la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

Fotocopia del Certificado de Registro de Vehículo.

Fotocopia  de  la  Póliza  de  Seguro  de  Responsabilidad  Civil  vigente.

Constancia de Revisión del Vehículo.

Aval de los Terminales Públicos o Parada Terminal el  cual  debe  señalar  la  ruta (s).

Recibo de cancelación por concepto de *Estudio de Transporte* emitido por las entidades Bancarias autorizadas por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre en su portal web www.intt.gob.ve, por la cantidad de 30.000,00 equivalente a 200 U.T.

El permiso recibido por la institución está conformado por 3 formatos:

La DT9: formato de la lista de vehículos autorizados.

La CPS: Certificación de Prestación de Servicios.

Además de la Cédula de Servicio.

Estos formatos tiene un tiempo de validez en el caso de los documentos de la CPS es de 10 años, y en el caso de la DT9 y la Cédula de Servicio, tiene como fecha de vencimiento 1 año.

Es obligación de los prestatarios del servicio:

Mantener las placas identificadoras colocadas en las unidades.

Mantener dentro de las unidades, copia de la Certificación de Prestación de Servicio.

Constituir y mantener en vigencia sobre cada una de las unidades de servicio, las correspondientes Pólizas de Seguro de Responsabilidad Civil.

Cumplir con las características, condiciones de capacidad y fabricación de los vehículos que determinen los organismos competentes.

El INTT trabaja de manera eficiente para la seguridad de los conductores y el respaldo de los pasajeros, de manera de garantizar los servicios de transporte terrestre y orientar el sector hacia su pleno desarrollo. Es por esto que se invita a todos los que deseen prestar servicio de traslado de pasajeros, a registrarse y cumplir de manera legal con este oficio que beneficia al pueblo venezolano.


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