INTT establece normativas para colocación de vallas publicitarias en el territorio nacional

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PRENSA MPPT – INTT (26.04.2018).- Este miércoles 25 de abril, autoridades del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), sostuvieron un encuentro con representantes de Vallas y Medios Publicitarios, con el propósito de regir las condiciones y mecanismos que deben poseer estas empresas para realizar la instalación de publicidad, comerciales, carteles y pancartas, a fin de utilizar los lugares apropiados que no interfieran en las vías ni afecten a los conductores.

Durante la reunión  llevada a cabo en las instalaciones del INTT de La California, se destacaron varios puntos fundamentales entre ellos aclarar que el instituto de transporte, es la única autoridad que puede otorgar el permiso para la colocación de las vallas publicitarias en las vías públicas nacionales.

De igual manera, se plantearon los criterios técnicos que regirán la colocación de todo tipo de publicidad y demás medios similares, haciendo énfasis en que todas las personas naturales o jurídicas, entes públicos o privados, que deseen fijar o instalar cualquier tipo de cartel, deberán obtener previamente la autorización otorgada a través de la Gerencia de Ingeniería del INTT, en el ámbito de su competencia.

Adicional a lo antes mencionado la solicitud de autorización deberá ir acompañada de los siguientes recaudos:

1.    Carta de solicitud dirigida al presidente del INTT la cual deberá contener:

a.    Registro mercantil y última acta de asamblea de la empresa, registro fiscal (R.I.F)

b.    Croquis de ubicación

c.    Dimensiones y tipo de estructura

d.    Fotografía del entorno

e.    Memoria descriptiva y plana avalada por un ingeniero colegiado

f.     Estudio de suelo del lugar donde se pretende instalar el elemento publicitario

Una vez consignado los recaudos establecidos, la institución precederá a emitir un permiso provisional para la instalación de vallas y demás medios publicitarios en las vías públicas nacionales.

PRENSA INTT 

MPPT – Revisado por Gaudy Gonzàlez / Aprobado por Dayana Contreras


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